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Ciencias Sociales Jornada 25 de marzo de 2015 Madrid
Sede: Fundación Ramón Areces Vitruvio, 5. 28006 Madrid
Organizado por:
Fundación Ramón Areces
Coordinador/es:
Directores:
Jesús Santos Baker & McKenzie Exfiscal de la Audiencia Nacional
Juan Moral Gerente de la Asesoría Jurídica de El Corte Inglés. Exfiscal de la Audiencia Nacional
El estatuto procesal de las personas jurídicas en el proceso penal
La responsabilidad del Compliance Officer
El fiscal investigador en el ámbito de los delitos económicos
El delito de administración desleal y su nueva configuración tras la reforma
Los programas de compliance como circunstancia eximente de la Responsabilidad Penal de las personas
Criterios de imputación de las personas jurídicas
Del blanqueo de capitales al responsable civil del partícipe a título lucrativo
1-Las circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal de las personas jurídicas
2-Las circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal de las personas jurídicas
3-Las circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal de las personas jurídicas
El pasado 27 de noviembre de 2014 se presentaron las últimas enmiendas al proyecto de Ley Orgánica por el que se reforma la Ley Orgánica 10/95 de 23 de noviembre del Código Penal. La pretendida reforma tiene una gran transcendencia tanto desde un punto de vista cuantitativo como cualitativo. Afecta a un importante número de preceptos, tanto de la parte general como especial, y se introducen nuevos instrumentos en la lucha contra la criminalidad. En la presente jornada, nos limitaremos a analizar los aspectos de mayor importancia que afectan a la categoría denominada por los prácticos, "criminalidad dentro de la empresa".
Tras la reforma del C.P. operada por la L.O 5/2010, de 22 se introdujo un nuevo art. 31 bis en el que se consagraba por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico, la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La redacción dada al precepto había generado ciertas críticas por parte de la doctrina dada la inseguridad jurídica que se podría producir en su interpretación y aplicación. Con la reforma proyectada y la nueva redacción dada del precepto, se dota a nuestro ordenamiento de una mayor seguridad jurídica, al delimitarse de una manera más adecuada el concepto de "debido control", cuya ausencia generaría la responsabilidad penal de la empresa, y al precisarse las condiciones y requisitos de los programas de cumplimiento, imprescindibles para las empresas, para operar como circunstancia eximente de la responsabilidad criminal.
Otras materias de indudable interés se pretenden abordar en la presente jornada:
El foro de la Fundación Ramón Areces es, sin duda, un inmejorable marco, para que magistrados, fiscales, abogados y representantes del mundo de la universidad, puedan arrojar con sus exposiciones luces y sombras de la nueva reforma penal.
11:00 - 14:00
Raimundo Pérez-Hernández y Torra
Director de la Fundación Ramón Areces.
Jesús Santos
Juan Moral
Directores-coordinadores de la jornada.
Manuel Moix
Fiscal jefe de la Fiscalía del TSJCM.
Ignacio Gordillo Álvarez-Valdés
Abogado. Profesor de Derecho Penal. Exfiscal de la Audiencia Nacional.
Eduardo Torres-Dulce
Exfiscal general del Estado.
José Ramón Navarro
Presidente de la Audiencia Nacional.
Ana Isabel Soriano
Abogada. Asesoría Jurídica El Corte Inglés.
16:30 - 18:30
María Massó Moreu
Abogada de Baker & Mckenzie.
Jose Javier Polo
Fiscal jefe Provincial de Madrid.
Antonio del Moral
Tribunal Supremo.
Manuel Marchena Gómez
Presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Rafael Catalá
Ministro de Justicia
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