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2026 Convocatoria cerrada
La Fundación Ramón Areces tiene como objetivo fundamental la promoción de la investigación científica y técnica en España, la formación de sus investigadores, así como el fomento y desarrollo de la educación y de la cultura en general. En este contexto, las Ayudas para Proyectos de investigación en Ciencias de la Vida y de la Materia que la Fundación Ramón Areces viene otorgando tienen como finalidad impulsar la investigación científica española, particularmente en aquellas áreas que requieren una especial atención por su especial interés para la sociedad actual.
En la presente Convocatoria, la Fundación anuncia la concesión de Ayudas destinadas a financiar proyectos originales de investigación con una duración de tres años que supongan un avance en el conocimiento científico y que contribuyan al progreso tecnológico y de nuestra sociedad.
Para el desarrollo de la presente Convocatoria, cada equipo investigador podrá presentar una sola propuesta, indicando el área temática en la que desea concursar. Dicha propuesta deberá encuadrarse necesariamente en una de las siguientes áreas prioritarias:
En la resolución del presente Concurso, la Fundación valorará de manera preferente la participación, como responsables principales, de investigadores españoles jóvenes, que no cuenten con abundantes recursos de financiación, en la medida en que la Ayuda pueda suponer un impulso significativo para el desarrollo de sus líneas de investigación.
1. Requisitos de participación
Podrán solicitar Ayudas de Investigación en el marco del presente Concurso, equipos investigadores que desarrollen su trabajo en España en un mismo Centro, bajo la dirección de un Investigador Principal (IP). No obstante, podrá formar parte del equipo algún investigador de otro Centro, nacional o extranjero, que se haga cargo de una tarea concreta, siempre que dicha participación esté adecuadamente justificada en la memoria del Proyecto.
En todo caso, únicamente el Centro al que esté adscrito el IP será el responsable de la administración de los fondos concedidos.
No podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos investigadores que estén disfrutando o hubiesen disfrutado como IP de una Ayuda de la Fundación Ramón Areces en los últimos cuatro años.
2. Presentación de solicitudes
La solicitud se realizará en un formulario online establecido al efecto, que estará disponible en la página web de la Fundación Ramón Areces cuando se abra el plazo para presentar las solicitudes. Para una información más detallada, habrá un documento de ayuda con algunas instrucciones para que le resulte más fácil cumplimentar su solicitud. Puede acceder a esta ayuda online haciendo clic sobre el icono [?] que aparece en la ventana “Mi solicitud” de su área privada.
Toda la documentación se enviará electrónicamente a través del enlace habilitado en la web de la Fundación. El enlace estará abierto exclusivamente dentro del plazo de solicitud indicado.
A la solicitud se adjuntarán copias en formato PDF (.pdf) de los siguientes documentos, en archivos separados, siguiendo la convención de nombres indicada:
A. Investigador Principal (IP):
B. Proyecto de investigación:
C. Equipo investigador:
3. Condiciones relativas al presupuesto y gastos elegibles
La Fundación Ramón Areces no financia directamente al personal del equipo o equipos investigadores que han de realizar el Proyecto, cuyas retribuciones deberán ser asumidas por las instituciones u organismos donde trabaje dicho personal. El equipo investigador deberá estar integrado, preferentemente, por personal que esté en posesión del título de Doctor y que forme parte de la plantilla de personal del Centro en el que vaya a llevarse a cabo la investigación, o conste como adscrito a éste.
No obstante, si en algún momento el desarrollo del Proyecto lo hiciera necesario, el IP podrá solicitar a la Fundación la incorporación de un investigador colaborador en formación, acompañando a la solicitud la justificación de la incorporación, el currículum vítae del interesado y el plazo de colaboración en el Proyecto, que no podrá exceder del necesario para su realización. La dotación se entiende incluida en el presupuesto del Proyecto, sin que pueda exceder en ningún caso los 35.000 euros anuales brutos totales, incluidos los gastos correspondientes a seguros sociales. En ningún caso existirá relación laboral entre la Fundación y la persona incorporada al Proyecto.
En la partida de material inventariable sólo deben solicitarse los instrumentos directamente necesarios para la ejecución del Proyecto. Si en el entorno del solicitante existen equipos similares, deberá justificarse la imposibilidad de su utilización. No se admitirán gastos de amortización de equipamiento ya existente, ni mobiliario o material de oficina. Los gastos de reparación de equipos correrán a cargo de la Institución de los solicitantes.
La cantidad solicitada en la partida de viajes y dietas (e.g. registro a congresos, conferencias) no deberá exceder de 2.500 euros por año y deberán estar directamente relacionadas con el proyecto. Sólo en casos especiales en los que la naturaleza del Proyecto requiera realizar trabajos de campo, la Fundación podrá autorizar importes superiores previa solicitud expresa y debidamente justificada del Investigador Principal.
La cifra total solicitada deberá guardar relación con el número investigadores implicados, así como con la naturaleza y alcance del Proyecto, y deberá tener en cuenta las otras fuentes de financiación de que dispone el equipo investigador, siendo indispensable informar sobre este extremo.
En todo caso, la cantidad máxima solicitada no deberá exceder los 160.000 € para el conjunto de los tres años de duración del Proyecto.
4. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 16 de marzo al 20 de abril de 2026. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán admitidas.
1. Evaluación y resolución
Las solicitudes serán evaluadas por un Jurado nombrado al efecto por la Fundación.
El Jurado seleccionará las solicitudes que, a su juicio, sean merecedoras de las Ayudas, teniendo en cuenta, entre otros criterios, la calidad científica, viabilidad técnica, adecuación presupuestaria, potencial impacto del Proyecto y trayectoria del equipo investigador.
El Jurado remitirá al Consejo Científico la propuesta de selección para su estudio y posterior traslado a la Fundación.
La Fundación comunicará, a través de su Director General, la decisión definitiva a los solicitantes seleccionados, especificando la cantidad asignada para la ejecución del Proyecto, a fin de que éstos puedan, en su caso, readecuar el presupuesto solicitado.
La decisión de la Fundación será, en cualquier caso, inapelable.
2. Formalización de la ayuda
Los IP, así como el representante legal de la Institución donde se lleva a cabo la investigación, suscribirán un contrato relativo a la ejecución del Proyecto.
En el supuesto de que se haya modificado el presupuesto solicitado, deberá adecuarse previamente dicho presupuesto a la cifra total concedida, sin incrementar ninguna de las partidas que figuraban en el presupuesto original.
El desembolso de las ayudas otorgadas se llevará a cabo de la siguiente forma:
Las cantidades señaladas como segundo y tercer abono se harán efectivas en las fechas indicadas solamente si las memorias anuales a que hace referencia más adelante han recibido el informe favorable correspondiente por parte de la Fundación.
El contrato contendrá, asimismo, una cláusula por la que se declare expresamente:
1. Duración del Proyecto
El Proyecto tendrá una duración de tres (3) años desde la fecha de firma del contrato de ejecución del Proyecto. El IP deberá iniciar las tareas de ejecución del Proyecto desde su firma y proseguirlas ininterrumpidamente hasta su terminación, sin que ningún compromiso anterior, actual o futuro, pueda impedir el cumplimiento continuado de las obligaciones asociadas a la ejecución del Proyecto.
Excepcionalmente, en caso de retraso debidamente justificado que impida completar la ejecución técnica y/o presupuestaria del Proyecto dentro del plazo previsto, el Investigador Principal podrá solicitar una prórroga de hasta doce (12) meses adicionales. La concesión de dicha prórroga estará sujeta a la aprobación previa y expresa del Consejo Científico de la Fundación y la formalización de la correspondiente adenda. La prórroga no implicará, en ningún caso, incremento del presupuesto concedido.
2. Seguimiento, supervisión e informes
El Consejo Científico adoptará las medidas oportunas para la supervisión del desarrollo de los Proyectos, informando periódicamente a la Fundación acerca de la marcha de las tareas de ejecución de cada Proyecto y de la correcta aplicación de la ayuda concedida.
Los investigadores adjudicatarios deberán respetar los presupuestos aprobados por la Fundación. Excepcionalmente, si el desarrollo del Proyecto lo hiciese necesario, el Investigador Principal podrá decidir el transvase de fondos entre partidas presupuestarias, lo cual requerirá autorización expresa de la Fundación.
El IP deberá remitir anualmente a la Fundación una memoria científica y económica que resuma los avances generados en el desarrollo del Proyecto, publicaciones y comunicaciones a congresos, así como los gastos realizados, sus justificantes y la indicación de las partidas concretas del presupuesto aprobado en las que estaban incluidos. Dichos informes se enviarán a través del Área Privada de la Fundación del Investigador Principal. Las memorias deberán señalar las tareas realizadas, haciendo referencia expresa a los objetivos que figuran en el Proyecto, de modo que se pongan de manifiesto los avances en el cumplimiento de los mismos. Las memorias irán acompañadas de las publicaciones resultadas del desarrollo del Proyecto, las cuales se subirán obligatoriamente al Área Privada en formato PDF.
El ingreso de la siguiente anualidad se realizará tras el informe favorable de la memoria anual por parte de la Fundación.
Al término del Proyecto, el Investigador Principal deberá remitir una Memoria Final que incluya una descripción de los resultados obtenidos, su relevancia, su relación con los objetivos propuestos, una lista de publicaciones derivadas y el reporte final de la ejecución del gasto.
3. Publicaciones y difusión
Las publicaciones derivadas del Proyecto deberán consignar expresamente a la Fundación Ramón Areces como fuente de financiación en los siguientes términos:
“El Proyecto que ha generado estos resultados ha contado con el apoyo de la Fundación Ramón Areces (Concurso de Ayudas a la Investigación en Ciencias de la Vida y Materia).”
El Investigador Principal se compromete a colaborar con la Fundación en la difusión pública de los resultados del Proyecto, en los términos que, en su caso, se acuerden con la Fundación.
Los autores de los proyectos financiados prestarán su consentimiento a la Fundación para que aparezcan sus nombres en la página web y cualquier otra publicación de la Fundación. En el caso de que la solicitud esté firmada únicamente por uno de los autores, éste deberá aportar escrito de cada participante en el Proyecto seleccionado por el que presta su consentimiento para que se publique su nombre en la página web y cualquier otra publicación de la Fundación.
4. Propiedad intelectual e industrial
Los derechos de propiedad intelectual o industrial que puedan derivarse de la ejecución del Proyecto corresponderán a sus autores y a las entidades a las que estén adscritos, conforme a la normativa aplicable y a los acuerdos internos que pudieran existir entre los investigadores y sus instituciones.
5. Incumplimiento y renuncia
En caso de incumplimiento o renuncia, deberán reintegrarse a la Fundación Ramón Areces las cantidades que se hubieran percibido y que no se hubieran destinado al proyecto de investigación en los términos previstos.
Los datos personales recogidos en las solicitudes para participar en esta Convocatoria y en la documentación anexa que se aporte a la solicitud, así como aquella que se genere a lo largo de la duración del Proyecto, serán tratados conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo y la normativa estatal de protección de datos. Los solicitantes son informados de que sus datos personales serán tratados por la Fundación, en calidad de responsable del tratamiento, con la finalidad principal de gestionar la Ayuda solicitada y el correcto desarrollo de esta Convocatoria y, en caso de que otorgue su consentimiento, para enviarle comunicaciones informativas, incluso por vía electrónica, acerca de futuras actividades de la Fundación. Los interesados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión, así como los demás derechos reconocidos por la normativa de protección de datos, como se explica en la información adicional, dirigiéndose por correo postal a la dirección de la Fundación Ramón Areces, calle Vitruvio n° 5 de Madrid 28006 (Ref. PROTECCIÓN DE DATOS).
En caso de que desee obtener más información en relación con el tratamiento de sus datos personales, puede consultar aquí la Información sobre Protección de Datos del Concurso nacional de ayudas a la investigación en Ciencias de la Vida y de la Materia.
La presentación de la solicitud supone la aceptación y cumplimiento sin reserva y excepción alguna, de todas las bases y condiciones del Concurso.
Asimismo, los solicitantes se comprometen a aceptar sin reservas la decisión de la Fundación, la cual no podrá ser revocada en ningún caso a instancia de los solicitantes.
Las solicitudes se presentarán mediante el botón que estará disponible en la página web de la Fundación del 16 de marzo al 20 de abril de 2026 (a las 19 h peninsular)
Para más información puede dirigirse a: ayudasproyectos_vida@fundacionareces.es