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La responsabilidad penal de la empresa y los programas de compliance

Ciencias Sociales Jornada 9 de diciembre de 2015 Madrid

Información general

Sede: Fundación Ramón Areces Vitruvio, 5. 28006 Madrid

  • Asistencia gratuita
  • Aforo limitado

Organizado por:

Fundación Ramón Areces

Coordinador/es:

Jesús Santos Director del Departamento de Penal de Baker & McKenzie. Exfiscal de la Audiencia Nacional

 

Juan Moral Director de la Asesoría Jurídica de El Corte Inglés. Exfiscal de la Audiencia Nacional

  • Descripción
  • Programa

El pasado 1 de julio de 2015 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se reforma la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Esta última reforma mejora la redacción técnica del artículo 31 bis del Código Penal, en el que se regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La misma ha sido considerada muy positiva por parte de los operadores jurídicos al clarificar que los programas de compliance pueden tener eficacia de exención de la responsabilidad criminal de la persona jurídica siempre que contengan medidas de control eficaces para prevenir los hechos delictivos en la empresa.

La nueva reforma especifica las condiciones y requisitos que deben tener los Modelos de Organización y Gestión, lo cual es un acierto desde el punto de vista de la seguridad jurídica al tener criterios objetivos que permitan eliminar la responsabilidad penal de la persona jurídica. El objeto de estas jornadas es analizar esta reforma y en concreto los contenidos mínimos que todo programa de compliance debe reunir para que pueda tener esos efectos extintivos de la responsabilidad criminal. Junto a ello analizaremos algunas realidades delictivas a las que el legislador en esta reforma ha dado una nueva redacción y que son el paradigma de los delitos cometidos en el ámbito de la empresa: por un lado, el delito de administración desleal (que ya no es un delito societario, sino que pasa a regularse en el ámbito de los delitos patrimoniales y contra el orden socioeconómico); y, por otra parte, el delito de corrupción en los negocios, al que también se le ha dado una mayor amplitud y precisión en la nueva redacción de la norma jurídico penal. Asimismo, dedicaremos un apartado especial a las novedades relacionadas con la prueba tecnológica introducidas por la reciente Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica.

Miércoles, 9

11:00

Sesión de mañana

Sesión de apertura: Bienvenida

Raimundo Pérez-Hernández y Torra
Director de la Fundación Ramón Areces.

 

Inauguración

Consuelo Madrigal
Fiscal General del Estado.

 

Introducción

Jesús Santos
Juan Moral

Directores-coordinadores de la jornada.

 

Mesa redonda: Presupuestos de culpabilidad de la persona jurídica: criterios de imputación

Jesús Caballero
Fiscal superior de la Comunidad de Madrid.

 

Las circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal de las personas jurídicas

Ignacio Gordillo Álvarez-Valdés
Abogado. Profesor de Derecho Penal.
Exfiscal de la Audiencia Nacional.

 

El estatuto jurídico-procesal de las personas jurídicas

José Ramón Navarro
Presidente de la Audiencia Nacional.

 

Los criterios interpretativos de los programas de compliance por la Fiscalía General del Estado

Helena Prieto
Fiscal de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado.

 

Los criterios interpretativos de los programas de compliance por la Sala Segunda del Tribunal Supremo

José Manuel Maza
Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

16:30

Sesión de tarde

Mesa redonda: Canal de denuncias y procedimiento de investigaciones internas

María Massó Moreu
Abogada de Baker & McKenzie. Directora de equipo del Departamento de Penal.

 

La responsabilidad penal del Compliance Officer

Carlos Gómez-Jara
Abogado de Corporate Defense.

 

La prueba digital en el proceso penal

Eloy Velasco
Magistrado-Juez del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional.

 

Delito de corrupción en los negocios

María Dolores Delgado
Fiscal de la Audiencia Nacional.

 

Delito de administración desleal

Manuel Marchena
Presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. 

 

Sesión de clausura

Rafael Catalá
Ministro de Justicia.

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